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viernes, 30 de noviembre de 2007

“PARTÍO” PERO NO “DOBLAO”

“PARTÍO” PERO NO “DOBLAO”

Por Alberto Benasuly, noviembre de 2007


La lectura, varias veces, de la Sentencia del Tribunal Constitucional en el caso de la Librería Europa me ha dejado confuso y boquiabierto. No acierto a ver fundamento jurídico válido en la argumentación del ponente. En cambio, encuentro manifestaciones muy autorizadas en las intervenciones del abogado del Estado -muy buenas- y en los 4 votos discrepantes. Ya no son 3, como anunciaron en un principio, ¡son 4!...


Pleno. Sentencia 235/2007, de 7 de noviembre de 2007
http://www.tribunalconstitucional.es/Jurisprudencia/Stc2007/STC2007-235.html
Cuestión de inconstitucionalidad 5152-2000. Planteada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona respecto al artículo 607.2 del Código penal.Vulneración del derecho a la libre expresión: sanción penal de la difusión de ideas o doctrinas que nieguen o justifiquen delitos de genocidio. Nulidad parcial e interpretación de precepto legal. Votos particulares.


¿En qué se basa el ponente para afirmar tan a la ligera, al final del Fundamento Jurídico nº 8, que esta conducta “no constituye, siquiera, un peligro potencial para los bienes jurídicos tutelados…”? Ya se encargan de desmontar esta falacia -y otras- los magistrados discrepantes.

A mayor abundamiento, el “paseíllo” de David Dukes por los ruedos pro-nazis de la geografía española, hizo ver y comprender a la sociedad española, al pueblo llano, el peligro real de la “negación” de los delitos de genocidio.

También lo señaló la Unión Europea sin la insolencia del antisemita Dukes pero con más credibilidad y autoridad. La Propuesta de Decisión Marco, aprobada por el Consejo de la Unión Europa en su reunión de 20 de abril de 2007, persigue adoptar el mismo criterio que el de nuestro machacado artículo 607.2: penalizar la apología pública de los delitos de genocidio, así como la “negación” o trivialización de los mismos.

Por eso pienso que las aguas volverán a su cauce, pero llevará su tiempo.

Hay algo, en cambio, que ha quedado a salvo en esta infortunada sentencia. Es la doctrina del Tribunal Constitucional emanada de las Sentencias de Violeta Friedman y del cómic “Hitler=SS”, citadas favorablemente por el ponente y los otros. Una doctrina que se mantiene indemne y en vigor.

Parodiando a una “malagueña salerosa, niña hermosa”, el 607.2 está “partío” pero no “doblao”.

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